lunes, 19 de abril de 2010

Régimen disciplinario (parte una).

En mail de días pasados una docente de la ciudad nos hizo saber sus dudas respecto al régimen disciplinario que afecta a los docentes. Es este un tema sumamente extenso desde todo punto de vista; pues por un lado afecta a la persona del docente ante el riesgo de una sanción, y por otro, el desarrollo de todo procedimiento tendiente a demostrar la verdad material de los hechos ocurridos.
Dedicaremos diversos post al tema en cuestión, pues sería imposible resolverlo en uno solo. En el presente sólo nos circunscribiremos a las cuestiones generales.
En este sentido deben tenerse dos principios fundamentales:
1.- La estabilidad del personal docente. Pese a las excepciones existentes, las que son de interpretación restrictiva.
2.- El derecho al debido proceso y garantías defensivas. Pese que el reglamento de sumarios de la Provincia de Santa Fe establezca la prohibición de la participación de letrados.

Las sanciones en las que puede recaerse son:
a) Apercibimiento.
b) Suspensión de has noventa días (treinta días para suplentes).
c) Cesantía (y eliminación de las listas respectivas en caso de ser suplentes).
d) Exoneración.
(Cada una de las mismas dará lugar a diferentes posts).

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